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Contadores de agua
En mi comunidad tenemos un único contador por portal, pero en unas casas somos dos, y en otras cinco. ¿Cómo podemos saber si se pueden instalar contadores individuales?. Si siempre se puede, ¿se ha de realizar una votación?; ¿qué porcentaje de votos son mayoría?; ¿cada cual se paga lo suyo?. ROCIO.
Si la Comunidad tiene un contador general de agua, repartiéndose todos los gastos conforme al coeficiente u otra norma del Título Constitutivo, según lo dispuesto en el art. 9.5 L.P.H., modificar este sistema por otro nuevo mediante instalación de contadores individuales, para repartir los gastos por consumo que haga cada propietario, supone de hecho una modificación de las reglas estatutarias, que necesitaría de la unanimidad conforme el art. 16.1 L.P.H., aunque si se aptobara por mayoría, el acuerdo tendría validez si no se impugna en el plazo del art. 16.4.
Facturar al propietario que tiene un contador individual, solo en función de su consumo, supondría, en la práctica, eximirle del pago de su parte en los gastos comunes de agua que no son, en ningún caso, susceptibles de individualización.
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